En   Aldaia

  Aumento en la ayuda para libros y material escolar, de un 50 % para las Familias Numerosas para el próximo curso

  Transporte universitario

En el caso de tener la condición de familia numerosa (se deberá adjuntar a la solicitud fotocopia del título), la cuantía de la ayuda tendrá un incremento del 25%. (En 2007 son  80 euros+ un 25%)

 

  Escola d'Estiu i Ludoteques (Jocs de Nadal i Pasqua) : 20%  de bonificación.( aparte del   20%  por residir en Aldaia)

 

          Talleres y Cursos organizados por Gentjove.es: 20% de Bonificación. (aparte del   20%  por residir en Aldaia)  

 

 

    Bonificación en la cuota de consumo de agua para las familias numerosas.  ( NUEVO EN 2007)

                                            Descargate la solicitud  AQUI  (.pdf)

Con carácter general.

En relación a la cuota de consumo la tarifa se calculará en función del consumo trimestral por el coste el metro cúbico suministrado en base al siguiente cuadro

M3 consumidos

Euros

  0 a 40 m3/trimestre

0,2260 €uros. x m3

41 a 60 m3/trimestre

0,2790 €uros. x m3

Más de 60 m3/trimestre

0,4040 €uros x m3

Para sujetos pasivos, que ostenten la condición de familias numerosas.

 

1.- Familias de 5 y 6  miembros:

 

M3 consumidos

Euros

De 0 a 67 m3/trimestre

0,2260 €uros. x m3

De 68 a 100 m3/trimestre

0,2790 €uros. x m3

Más de 100 m3/trimestre

0,4040 €uros. x m3

 

2.- Familias de 7 o más  miembros:

 

M3 consumidos

Euros

De 0 a 93 m3/trimestre

0,2260 €uros. x m3

De 94 a 140 m3/trimestre

0,2790 €uros. x m3

Más de 141 m3/trimestre

0,4040 €uros. x m3

 

¿QUÉ REQUISITOS HAY QUE CUMPLIR?

 

A)                 que el interesado lo solicite a Aigües de l’Horta. dentro de los dos primeros meses de cada ejercicio económico.

B)                 Que el interesado sea beneficiario del Servicio de Agua Potable.

C)                 Que aporte copia de la Cartilla de Familia Numerosa. otorgado por la Administración autonómica

D)                  estén empadronados en la población de Aldaia.

 

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?.

 

Durante mes de ENERO y FEBRERO.

 

¿DÓNDE LO TENGO QUE PRESENTAR?

 

En la Oficina de AIGÜES DE L’HORTA , en calle San Francisco nº26.

 

 

                         Impuesto  Sobre  Bienes  Inmuebles   (I.B.I.)   (Ultima  Hora:  Modificación  para el año  2008)

 

           Requisitos que debe reunir una familia numerosa para poder gozar de la exención:


       Gozarán de una bonificación en la cuota íntegra del impuesto correspondiente a la vivienda habitual a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familias numerosas. El porcentaje de la bonificación será el siguiente:


Familias de cinco y seis miembros:
60 por ciento.


Familias de siete y ocho miembros:
70 por ciento.


Familias de nueve o más miembros:
80 por ciento.


No obstante el importe máximo de la bonificación no podrá ser superior al importe de
200  euros.

 

                                                                                              Documentación a aportar

-         Fotocopia del Título de Familia Numerosa

-         Fotocopia del último recibo del IBI (contribución)

-         Cumplimentar modelo de solicitud.

Dicha bonificación tendrá carácter rogado y el periodo de solicitud de la misma será el primer trimestre de cada año.

                                      Recordad  que se debe solicitar dentro del PRIMER TRIMESTRE

 

 

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN COMPLEJO DEPORTIVO PISCINA CUBIERTA.

 

…/… 2007-08

 

ARTÍCULO 5º.-PRECIOS APLICABLES.

2.- Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

 

SERVICIO/ACTIVIDAD

TARIFA 1

TARIFA 2

BAÑO LIBRE

 

Entrada baño libre

2,50 €

2,50 €

Bono 10 baños(caducidad 2 meses)

25,00 €

20,00 €

Bono 20 baños (caducidad 3 meses)

41,25 €

33,00 €

Bono Temporada (duración de 1 de Septiembre al 31 de Julio del año en curso)

125,00 €

100,00 €

Bono familiar 2-3 personas, caducidad 31 de Julio del año en curso

206,25 €

165,00 €

Bono familiar de 4 o más personas, caducidad 31 de Julio del año en curso

262,50 €

210,00 €

Tarjeta Bono 10 baño libre (caducidad 1 mes desde su adquisición.)

20,00 €

20,00 €

 

…/…

 

NOTAS:

A) la TARIFA 2 será de aplicación directa a:

A1)los residentes en Aldaia

A2) así como a los que no cumpliendo este requisito reúnan alguna de las siguientes circunstancias:  Ser miembro de una  familia numerosa  o disponer de carnet Jove.-


 

 

ARTÍCULO 6º.-

- BENEFICIOS FISCALES.

 

1. el colectivo señalado en el Artículo 5, nota A1), tendrá derecho a una bonificación del 25% con carácter individual si reúne alguna de las  siguientes circunstancias:

A) Miembros de familias numerosas, lo que se acreditará con el título de familia numerosa en vigor.

B) Miembros de familias monoparentales, lo que se acreditará mediante la comprobación correspondiente en el Padrón de Habitantes.

C) Aquellas personas que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 65%, lo que se acreditará con la exhibición de certificado de minusvalía emitido por la Conselleria competente en la materia.

D) Aquellos/as usuarios/as que estén en posesión del Carnet Jove.

 

2.- Los grupos de al menos 10 personas podrán ser beneficiarios de una bonificación del 50%. Para poder gozar disfrutar de esta bonificación es necesario acreditar la residencia habitual en Aldaia de todos los integrantes del grupo mediante la comprobación correspondiente en el Padrón de Habitantes, así como el acceso a la instalación de forma simultánea.

 

3.- Las bonificaciones enumeradas en el punto 1, podrán acumularse hasta un máximo del 50%.

 

 


 

 

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA EXACCION DEL PRECIO PUBLICO POR ASISTENCIA A LAS ACTIVIDADES CULTURALES Y ARTISTICAS ORGANIZADAS Y POR LA UTILIZACION PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LOS LOCALES E  INSTALACIONES EXISTENTES EN EL TEATRE AUDITORI MUNICIPAL D’ALDAIA (TAMA ).

 

…/… 2007-08

Artículo 4º.- Reducciones y exenciones.

 

A/ Podrán estar exentas del pago del Precio Público, las cesiones de instalaciones y locales para la realización de actividades institucionales, o de actividades artísticas o culturales realizadas con fines de carácter social o humanitario, así como las actividades de presentación de Fallas locales y conciertos de las entidades musicales de Aldaia.

 

B/ En el supuesto de creación de la Tarjeta Ciudadana, se aplicará el descuento que se regule en la correspondiente normativa. En su defecto se aplicará un descuento del 25 % sobre el precio de la entrada regular a toda la ciudadanía de Aldaia con excepción de la programación especial escenario (pequeño formato).

 

C/ En la venta general de entradas se aplicará un descuento del 25 % sobre el precio de la entrada en los siguientes casos:

 

            C.1) familias numerosas: se presentará la acreditación del título de familia numerosa en vigor.

 

            C.2) familias monoparentales: se comprobará en el censo.

 

            C.3) personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 %: se presentará el certificado de discapacidad emitido por la Conselleria de la G.V. competente en la materia.

            C.4) jóvenes en posesión del carnet jove y mayores en posesión del carnet de pensionista y/o  jubilado/-a..

 

C.5) Los Grupos (a partir de 20 personas) gozarán de una bonificación del 25 por cien del importe de los Precios Públicos contenidos en las Tarifas  Primera y Segunda del artículo 3 de la presente Ordenanza.

 

D/ Las bonificaciones no serán acumulables y sólo se aplicará una modalidad de bonificación por adquisición de entrada. Con excepción del caso de la ciudadanía de Aldaia que sea familia numerosa, familia monoparentales, personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, carnet jove y carnet pensionista y/o  jubilado/-a. En todos estos casos las bonificaciones podran acumularse hasta un máximo de un 50 %.

 

 


 

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANALOGOS

 

 

 

…/…2007

 

CARNET JOVE.

 

Los usuarios que estén en posesión del Carnet Jove, tendrán una bonificación del 25 por ciento, de acuerdo con las siguientes reglas:

 

A/ La bonificación se hará efectiva, siempre y cuando, todos los usuarios que vayan a disfrutar de las instalaciones deportivas municipales, estén en posesión del Carnet Jove, y lo presenten en el momento de la reserva de las mismas.

B/ No se podrá reservar una instalación con un solo carnet Jove, si va a ser utilizada por más personas que no estén en posesión de dicho carnet

C/ Se podrá solicitar Documento Nacional de Identidad, si existiese alguna duda sobre la titularidad del carnet Jove.

 

Se reconocen las mismas ventajas y en las mismas condiciones a los menores que no puedan acceder, por razones de edad, al carnet Jove.

 

FAMILIAS NUMEROSAS

- Aquellos que formen parte de una familia numerosa, cosa que se acreditará mediante el título familia numerosa debidamente expedido, gozarán de una bonificación de 20% en las cuotas señaladas para la realización de actividades de carácter individual.

 

 

 

PARA EL AÑO 2008 LAS BONIFICACIONES SERÁN COMO LAS ANTERIORES DE LA PISCINA CUBIERTA Y TAMA: 25% PARA COLECTIVOS, ACUMULABLE HASTA EL 50%