En Aldaia
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Aumento en la ayuda para libros y material escolar, de un 50 % para las Familias Numerosas para el próximo curso
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Transporte universitario:
En el caso de tener la condición de familia numerosa (se deberá adjuntar a la solicitud fotocopia del título), la cuantía de la ayuda tendrá un incremento del 25%. (En 2007 son 80 euros+ un 25%)
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Escola
d'Estiu i Ludoteques (Jocs de Nadal i Pasqua) : 20% de bonificación.
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Talleres
y Cursos organizados por Gentjove.es: 20% de Bonificación. (aparte del
20% por residir en Aldaia)
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Bonificación en la cuota de consumo de agua para las familias numerosas. ( NUEVO EN 2007)
Descargate la solicitud AQUI (.pdf)
Con
carácter general.
En
relación a la cuota de consumo la tarifa se calculará en función del consumo
trimestral por el coste el metro cúbico suministrado en base al siguiente
cuadro
|
M3
consumidos |
Euros
|
|
0 a 40 m3/trimestre |
0,2260
€uros. x m3 |
|
41
a 60 m3/trimestre |
0,2790
€uros. x m3 |
|
Más
de 60 m3/trimestre |
0,4040
€uros x m3 |
Para
sujetos pasivos, que ostenten la condición de familias numerosas.
1.-
Familias de 5 y 6 miembros:
|
M3
consumidos |
Euros
|
|
De
0 a 67 m3/trimestre |
0,2260
€uros. x m3 |
|
De
68 a 100 m3/trimestre |
0,2790
€uros. x m3 |
|
Más
de 100 m3/trimestre |
0,4040
€uros. x m3 |
2.-
Familias de 7 o más miembros:
|
M3
consumidos |
Euros
|
|
De
0 a 93 m3/trimestre |
0,2260
€uros. x m3 |
|
De
94 a 140 m3/trimestre |
0,2790
€uros. x m3 |
|
Más
de 141 m3/trimestre |
0,4040
€uros. x m3 |
¿QUÉ
REQUISITOS HAY QUE CUMPLIR?
A)
que el interesado lo solicite a Aigües de l’Horta.
dentro de los dos primeros meses de cada ejercicio económico.
B)
Que el interesado sea beneficiario del Servicio de
Agua Potable.
C)
Que aporte copia de la Cartilla de Familia Numerosa.
otorgado por la Administración autonómica
D)
estén
empadronados en la población de Aldaia.
¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?.
Durante
mes de ENERO y FEBRERO.
¿DÓNDE LO TENGO QUE PRESENTAR?
En
la Oficina de AIGÜES DE L’HORTA , en calle San Francisco nº26.
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Requisitos que debe reunir una familia numerosa para poder gozar de la exención:
Gozarán
de una bonificación en la cuota íntegra del impuesto correspondiente a la
vivienda habitual a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición
de titulares de familias numerosas. El porcentaje de la bonificación será el
siguiente:
Familias de cinco y seis miembros: 60
por ciento.
Familias de siete y ocho miembros: 70
por ciento.
Familias de nueve o más miembros: 80
por ciento.
No obstante el importe máximo de la bonificación no podrá ser superior al
importe de 200
euros.
Documentación a aportar
-
Fotocopia del Título de Familia
Numerosa
-
Fotocopia del último recibo del IBI
(contribución)
-
Cumplimentar modelo de solicitud.
Dicha
bonificación tendrá carácter rogado y el periodo de solicitud de la misma será
el primer trimestre de cada año.
Recordad
que se debe solicitar dentro del PRIMER TRIMESTRE
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ORDENANZA
REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN COMPLEJO
DEPORTIVO PISCINA CUBIERTA.
…/… 2007-08
2.-
Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
|
SERVICIO/ACTIVIDAD |
TARIFA
1 |
TARIFA
2 |
|
BAÑO LIBRE |
|
|
|
Entrada baño libre |
2,50
€ |
2,50 € |
|
Bono 10 baños(caducidad 2 meses) |
25,00
€ |
20,00 € |
|
Bono 20 baños (caducidad 3 meses) |
41,25
€ |
33,00 € |
|
Bono Temporada (duración de 1 de Septiembre al 31 de Julio del año
en curso) |
125,00
€ |
100,00 € |
|
Bono familiar 2-3 personas, caducidad 31 de Julio del año en curso |
206,25
€ |
165,00 € |
|
Bono familiar de 4 o más personas, caducidad 31 de Julio del año en
curso |
262,50
€ |
210,00 € |
|
Tarjeta Bono 10 baño libre (caducidad 1 mes desde su adquisición.) |
20,00
€ |
20,00 € |
…/…
NOTAS:
A)
la TARIFA 2 será de aplicación directa a:
A1)los
residentes en Aldaia
A2)
así como a los que no cumpliendo este requisito reúnan alguna de las
siguientes circunstancias: Ser
miembro de una familia
numerosa
o disponer de carnet Jove.-
1. el colectivo señalado en el
Artículo 5, nota A1), tendrá derecho a una bonificación del 25% con carácter
individual si reúne alguna de las siguientes
circunstancias:
A)
Miembros de familias numerosas, lo que se
acreditará con el título de familia numerosa en vigor.
B)
Miembros de familias monoparentales, lo que se acreditará mediante la
comprobación correspondiente en el Padrón de Habitantes.
C)
Aquellas personas que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior
al 65%, lo que se acreditará con la exhibición de certificado de minusvalía
emitido por la Conselleria competente en la materia.
D)
Aquellos/as usuarios/as que estén en posesión del Carnet Jove.
2.-
Los grupos de al menos 10 personas podrán ser beneficiarios de una bonificación
del 50%. Para poder gozar disfrutar de esta bonificación es necesario acreditar
la residencia habitual en Aldaia de todos los integrantes del grupo mediante la
comprobación correspondiente en el Padrón de Habitantes, así como el acceso a
la instalación de forma simultánea.
3.- Las bonificaciones enumeradas en
el punto 1, podrán acumularse hasta un máximo del 50%.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA EXACCION DEL
PRECIO PUBLICO POR ASISTENCIA A LAS ACTIVIDADES CULTURALES Y ARTISTICAS
ORGANIZADAS Y POR LA UTILIZACION PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LOS
LOCALES E INSTALACIONES EXISTENTES
EN EL TEATRE AUDITORI
MUNICIPAL D’ALDAIA (TAMA ).
…/… 2007-08
A/ Podrán estar exentas del pago del Precio Público, las cesiones de instalaciones y locales para la realización de actividades institucionales, o de actividades artísticas o culturales realizadas con fines de carácter social o humanitario, así como las actividades de presentación de Fallas locales y conciertos de las entidades musicales de Aldaia.
B/ En el supuesto de creación de la Tarjeta Ciudadana, se aplicará el descuento que se regule en la correspondiente normativa. En su defecto se aplicará un descuento del 25 % sobre el precio de la entrada regular a toda la ciudadanía de Aldaia con excepción de la programación especial escenario (pequeño formato).
C/ En la venta general de entradas se aplicará un descuento del 25 % sobre el precio de la entrada en los siguientes casos:
C.1) familias numerosas: se presentará la acreditación del título de familia numerosa en vigor.
C.2) familias monoparentales: se comprobará en el censo.
C.3) personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 %: se presentará el certificado de discapacidad emitido por la Conselleria de la G.V. competente en la materia.
C.4) jóvenes en posesión del carnet jove y mayores en posesión del carnet de pensionista y/o jubilado/-a..
C.5) Los Grupos (a partir de 20 personas) gozarán de una bonificación del 25 por cien del importe de los Precios Públicos contenidos en las Tarifas Primera y Segunda del artículo 3 de la presente Ordenanza.
D/ Las bonificaciones no serán acumulables y sólo se aplicará una modalidad de bonificación por adquisición de entrada. Con excepción del caso de la ciudadanía de Aldaia que sea familia numerosa, familia monoparentales, personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, carnet jove y carnet pensionista y/o jubilado/-a. En todos estos casos las bonificaciones podran acumularse hasta un máximo de un 50 %.
ORDENANZA
FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS
Y OTROS SERVICIOS ANALOGOS
…/…2007
CARNET
JOVE.
Los
usuarios que estén en posesión del Carnet Jove, tendrán una bonificación del
25 por ciento, de acuerdo con las siguientes reglas:
A/
La bonificación se hará efectiva, siempre y cuando, todos los usuarios que
vayan a disfrutar de las instalaciones deportivas municipales, estén en posesión
del Carnet Jove, y lo presenten en el momento de la reserva de las mismas.
B/
No se podrá reservar una instalación con un solo carnet Jove, si va a ser
utilizada por más personas que no estén en posesión de dicho carnet
C/
Se podrá solicitar Documento Nacional de Identidad, si existiese alguna duda
sobre la titularidad del carnet Jove.
Se
reconocen las mismas ventajas y en las mismas condiciones a los menores que no
puedan acceder, por razones de edad, al carnet Jove.
FAMILIAS
NUMEROSAS
- Aquellos que formen parte de una familia numerosa, cosa que se acreditará mediante el título familia numerosa debidamente expedido, gozarán de una bonificación de 20% en las cuotas señaladas para la realización de actividades de carácter individual.
PARA EL AÑO 2008 LAS BONIFICACIONES SERÁN COMO LAS ANTERIORES DE LA
PISCINA CUBIERTA Y TAMA: 25% PARA COLECTIVOS, ACUMULABLE HASTA EL 50%
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